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Dicta juez vinculación a proceso vs Maru y ex diputados por cohecho pasivo

El juez de control Samuel Uriel Mendoza Rodríguez, dictó auto de vinculación a proceso en contra de la candidata del PAN a la gubernatura, María Eugenia Campos Galván y los ex diputados Rodrigo de la Rosa Ramírez y María Ávila Serna, dentro de la causa penal 2821/2020 por el delito de peculado.

El juez subrayó que en esta etapa procesal no es de índole probatorio sino que simplemente la teoría de la Fiscalía se presente como probable.

En ese sentido, la teoría del Ministerio Público fue que Campos Galván, en su carácter de diputada local de la LXIV legislatura, junto al diputado César Jáuregui Moreno, durante los años 2014 y 2015, solicitó y recibió de César Duarte, diversas sumas de dinero que consistieron en la cantidad de 7 millones de pesos de dinero en efectivo mediante 27 exhibiciones; la cantidad de 1 millón 180 mil pesos de dinero en efectivo mediante siete exhibiciones, la cantidad de 20 mil pesos del pago de su tarjeta de crédito Bancomer tipo Visa con número 4772143939003014, así como la cantidad de 1 millón 067 mil 200 pesos a favor de su hermano Manuel Campos Galván mediante 19 transferencias y depósitos bancarios.

A los ex diputados locales Rodrigo de la Rosa Ramírez y María Ávila Serna, los acusó de recibir la cantidades de 2 millones 500 mil pesos y 3 millones 457 mil 112 pesos de parte del ex gobernador.

Dicho dinero habría sido entregado a los legisladores con la finalidad de apoyar a César Duarte Jáquez con motivo de sus atribciones en sus peticiones e iniciativas ante el Congreso del Estado como la aprobación de asuntos de la hacienda pública y de fiscalización.

El juzgador consideró que existen datos de prueba para suponer la comisión de hechos constitutivos de delito. En específico, que el Ministerio Público evidenció una serie de desvíos de recursos públicos que sirvieron para nutrir la denominada caja chica o “nómina secreta” que utilizó el ex gobernador César Duarte Jáquez para hacer pagos a diversos particulares, partidos, políticos entre 2010 y 2016.

También se exhibieron elementos para describir la mecánica para extraer recursos mediante la expidición de cheques a favor de la Secretaría de Hacienda que luego se cambian por dinero en efectivo a través del Servicio Panamericano de Protección a fin de reingresarlo a la Tesorería, desde donde se hacía el reparto de efectivo.

Entre los datos de prueba que sustentaron estas declaraciones se encuentran diversos contratos simulados, cheques, depósitos, recibos y declaraciones de testigos, entre ellos los de identidad reservada df2311578/2018 y az55869/2017.

En específico, destaca la declaración del testigo df2311578/2018, quien ocupaba el cargo de Tesorero y señaló que, debido a que la erogación de estos recursos era indebida y con el propósito de cumplir los requerimientos personales del gobernador, el testigo implementó un control para el manejo del dinero desviado que consistió en la expedición de recibos simples y relaciones analíticas tanto del ingreso y egreso del erario, para demostrar que él no se había quedado con los montos.

En su declaración identificó que a Rodrigo de la Rosa, de la bancada priísta, se le entregaron 2 millones 500 mil pesos a través de Axel Lozoya, en dos exhibiciones parciales de un millón 250 mil pesos cada una los días 29 de novimebre y 12 de diciembre de 2013.

También reconoció que a María Ávila Serna se le dieron en diciembre de 2013, mediante su esposo Alejandro Gloria, la cantidad aproximada de 3.8 millones de pesos.

Mientras que César Jáuregui y a Maru Campos, fueron beneficiarios de entregas mensuales durante 2014 y 2015, de entre 250 y 350 mil pesos, así como diversas entregas de apoyos extraordinarios. Adicionalmente a Campos Galván se le hizo un pagó de 20 mil pesos a una tarjeta de crédito Visa y se le entregó un monto adicional de un millón de pesos fraccionado en cinco exhibiciones de 100 mil pesos mensuales.

De igual manera dijo recordar que en 2014 César Jáuregui recibió 2.5 millones de pesos de manos del secretario de Hacienda, Jaime Herrera Corral, en el hangar de gobierno del estado a fin de apoyarlo con los gastos del proceso interno del PAN.

Detalló que entre 2014 y 2015 llevó, en varias ocasiones, los sobres con dinero a la diputada Campos Galván y le entregaba los recibos que ella firmaba de su puño y letra.

En cuanto al testigo az55869/2017, también explicó la operación de esta estrategia para desviar recursos y añadió que para justificar la erogación ilegal, en 2013, se elboraron dos polizas por un total de 922 millones de pesos.

La misma persona señaló directamente a los legisladores del Congreso César Jáuregui Moreno y María Eugenia Campos Galván, a quienes dijo que se les entregaron diversos montos con el fin de que se negociaran las iniciativas enviadas por el gobernador, con quien tienía una relación.

También identificó como beneficiarios a María Ávila Serna habría y Rodrigo de la Rosa, como beneficiarios de la nómina secreta.

Mendoza Rodríguez validó los dictámenes de grafoscopía presentados por la Fiscalía para autentificar la firma de Alejandro que aparece en el recibo que iba dirigido a Ávila Serna. Además seañaló que aunque no fue la imputada quien signó dicho documento sería tomado como elemento para dictar la vinculación en su contra al tratarse de su esposo

El juez también indicó que debe otorgársele a las 34 copias certificadas por el Notario Público No. 4, Lus Raúl Flores Sáenz, de los recibos presuntamente firmados por María Eugenia Campos Galván, la calidad de documentos auténticos, pues la Fiscalía realizó cotejos para corroborar que las firmas y sellos correspondieran a las del notario, con base en la ley.

Sobre la postura de la defensa de que no pudieron darse los hechos como los planteó la Fiscalía pues sus representadas no aprobaron las iniciativas a las que aludieron los agentes, el juez señaló que es irrelevante si la persona que recibió recursos realizó o no la conducta encomendada, pues el acto ilícito ocurre con la recepción del dinero.

Estos hechos, dijo, podrían constituir el delito de cohecho pasivo previsto en el artículo 269 fracción II del Código Penal del Estado, el cual señala que al servidor público que por sí o por interpósita persona solicita o reciba indebidamente para sí o para otros dinero o cualquier otra dádiva o acepta una promesa para hacer o dejar de hacer algo relacionado con sus funciones.

Cuando el valor de la dádiva excede 500 veces el salario mínimo vigente en el momento de cometerse el delito, se aplicarán de 1 a 9 años de prisión y 300 a 800 días multa.